El abogado querellante del femicidio de Brenda Micaela Gordillo, confirmó que ya no quedan vías de apelación en el país y que el condenado no podrá acceder a beneficios penitenciarios. “El señor Naim Vera es quien ultimó a Brenda en marzo del 2020”, sostuvo. –eldiariodectamarca.com
El femicidio de Brenda Micaela Gordillo, ocurrido en marzo de 2020 en Catamarca, llega a una instancia final en el ámbito judicial argentino. La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó el recurso presentado por la defensa de Naim Vera y dejó firme la condena a prisión perpetua dictada en primera y segunda instancia.
El abogado querellante, Bruno Jerez, en diálogo con el programa La mañana en la Isla, con el periodista José Alsina Alcobert, confirmó esta decisión, “Estamos esperando la cédula de notificación, pero ya fuimos notificados de forma digital que quedó firme la condena a cadena perpetua para el femicida Naim Vera”.
Según explicó, el proceso judicial atravesó todas las instancias posibles dentro del país, “Surge la sentencia definitiva en primera instancia, la cual fue apelada por el defensor del homicida. Nosotros nos oponemos, vamos a la audiencia, la Corte de Justicia de Catamarca confirma la condena. Entonces ellos recurren en casación ante la Corte Suprema, a través de un recurso de queja, por un recurso no admisible. Directamente el tribunal dictaminó que no era procedente, así que definitivamente quedó firme la sentencia de primera instancia. No hay otra manera de recurrir, a menos que se vaya a un tribunal internacional”.
También fue claro al destacar que la condena impuesta a Naim Vera no permite ningún tipo de beneficio, “La pena impuesta quedó firme como cadena perpetua, sobre todo por las dos causales que agravan el homicidio: una por violencia de género, que lo transpone a femicidio, y otra por mediar relación de pareja. No estipula ningún tipo de beneficio para la condena en sí misma. O sea, no va a tener beneficio de salida laboral, etcétera”.
Además, detalló que con esta resolución concluye formalmente su rol como abogado de la madre de Brenda, “Hoy terminaría nuestra labor propiamente dicha como abogados de la señora María Espeche”.
La estrategia de la defensa
Jerez también explicó que buscaba la defensa del femicida al acudir a la Corte Suprema, “La defensa buscaba que se reconfigure el delito a homicidio simple, o quitar uno de los agravantes, que es la relación de pareja, porque para ellos era una relación eventual y no de pareja. Pero dentro del Código Civil hay extremos jurídicos para nombrarla, y realmente existía relación de pareja, tal cual nosotros pudimos probarlo durante el plenario”.
De haber prosperado el pedido de la defensa, Vera habría enfrentado una pena menor, “Quitando ese agravante, le quedaban 18 años de prisión”, explicó el abogado.
Dentro de la misma línea, agregó que “Ni siquiera los jueces, unos juristas extremadamente reconocidos, consideraron que era procedente. Directamente dieron los argumentos por los cuales no correspondía que el recurso llegara a esta instancia”.
Además de la condena penal, el abogado recordó que en el juicio se estableció una indemnización por daño moral a favor de la madre de Brenda, en el marco de una demanda civil promovida inicialmente por el abogado Pedro Vélez, “Se condenó a Naim Vera a pagar un millón ochocientos mil pesos en calidad de daño moral a favor de la madre de Brenda. La madre podría cobrar ese dinero actualizado a la fecha”, indicó.
“Cada crimen tiene su identidad, pero ambos rompieron el tejido social”
En una reflexión final, Jerez comparó este caso con el de María Soledad Morales, otro crimen emblemático ocurrido en Catamarca en 1990, “Los dos casos, tanto el de Brenda Micaela como el de María Soledad Morales, han dañado poderosamente el tejido social de Catamarca. Lamentablemente, la autoridad jerárquica respecto al daño causado a la sociedad está en el mismo nivel. Ahora, las situaciones que han rodeado un caso con el otro son diferentes”.
Si bien reconoció que en el caso Morales existieron motivaciones políticas que no se presentaron en el caso de Brenda, remarcó, “Cada juicio tiene su identidad propia. Si el crimen de María Soledad Morales hubiese ocurrido hoy, los determinados por sentencia que habrían sido culpables tendrían que purgar cadena perpetua. Cosa que no ocurrió”.
Finalmente, destacó la evolución del sistema jurídico argentino en materia de derechos de las mujeres, “Hoy tenemos leyes más protectoras hacia la mujer y hacia las personas vulnerables. Antes, en esa coyuntura socioeconómica y jurídica, las mujeres eran tratadas como ciudadanas de segunda. Hoy eso ya no es así”, record.