Ya es ley.
Gobernador y vice podrán ejercer el cargo por dos periodos consecutivos
Pese a que la Constitución acepta la reelección indefinida, el parlamento provincial sancionó una ley que lo prohíbe- Diario de Catamarca
El Senado de la provincia dio sanción definitiva y convirtió en Ley el Proyecto iniciado por el Ejecutivo Provincial que promueve la aclaración funcional de los Artículos 73°, 80°, 133° y 250° de la Constitución Provincial.
Conforme a la iniciativa sancionada sobre tablas y a la que se otorgó el número de Ley 5.823 expresa en su articulado que las autoridades de los artículos 73°, 80°, 133° y 250° de la Constitución Provincial podrán ser reelectas consecutivamente por un periodo, pudiendo ser elegidas nuevamente en el mismo cargo con Intervalo de un periodo.
Así se sanciona que el Gobernador y Vicegobernador, podrán ser reelegidos o sucederse recíprocamente por un solo periodo consecutivo. Si han sido reelectos o se han sucedido recíprocamente no pueden ser elegidos para ninguno de ambos cargos, sino con el intervalo de un periodo.
De igual manera, los mandatos en ejercicio al momento de la entrada en vigencia de la presente Ley deberán ser considerados como primer periodo.