La nueva normativa facilita el acceso a dólares a exportadores, para pagar a no residentes por servicios de fletes relacionados con exportaciones de bienes, a partir del momento en que se embarca la mercadería.
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) dispuso esta semana una nueva flexibilización del cepo al dólar, que favorece a los exportadores, que podrán acceder al mercado de cambios para pagar fletes a no residentes.
Mediante una comunicación con fecha del jueves último, la entidad monetaria autoriza a los exportadores a acceder al mercado de cambios para pagar a no residentes por servicios de fletes relacionados con exportaciones de bienes, a partir del momento en que se embarca la mercadería.
La Comunicación “A” 8122 aclara que se dará este beneficio, siempre y cuando los términos de venta lo contemplen, a partir del momento en que la mercancía es embarcada en el territorio nacional.
Hasta ahora, los pagos podían efectuarse 30 días después de que la mercancía llegara al país de destino, por lo que este nuevo paso regulatorio se traduce en un relajamiento de las restricciones cambiarias que hasta ahora mantenía el Central.
La flamante normativa modifica el punto 13.2 del "texto ordenado sobre Exterior y Cambios", que regula las condiciones y plazos para acceder al mercado de cambios, definiendo cuándo se puede realizar el pago de servicios de no residentes para los servicios de fletes vinculados a exportaciones.
La resolución menciona que el pago debe enmarcarse en el concepto de "S31," que es una categoría específica para operaciones de flete vinculadas a exportaciones. Esta inclusión ayuda a delimitar qué tipos de servicios de fletes son elegibles para el pago bajo las nuevas disposiciones.