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La Cámara de Apelaciones resolvió rechazar los planteos de la defensa del legislador que buscaba la caducidad de plazos de una causa que se sigue contra el representante del MID.-  eldiariodecatamarca.com

Este martes la Cámara de Apelaciones rechazó el planteo de caducidad presentado por la defensa del diputado provincial Javier Galán en la causa por presuntos delitos de abuso sexual. 

Ante la insistencia por parte de la defensa de Galán para evitar desafueros mediante presentaciones judiciales, el juez de control de Garantías N° 4, Marcelo Sago, y la fiscal Alejandra Antonino coincidieron, la semana pasada, en que los plazos de dos meses de caducidad de la causa, que alegaba la defensa, son improcedentes en casos de delitos de violencia de género y, además, sostuvieron que el expediente se mantuvo en actividad. De este modo, el caso giró a la siguiente instancia judicial. 

La defensa de Galán había invocado el artículo 20 del Código Procesal Penal Provincial el cual establece que una investigación a un funcionario que cuenta con fueros parlamentario “no podrá exceder de dos meses, bajo pena de caducidad”. Sin embargo, la Justicia denegó la solicitud y declaró la inconstitucionalidad de dicho artículo para este proceso. Los jueces argumentaron que la caducidad resulta incompatible con la Constitución Nacional y los tratados internacionales de derechos humanos, los cuales exigen al Estado la obligación ineludible de investigar y sancionar la violencia contra la mujer.

Tras este fallo, cuyos fundamentos completos se darán a conocer el próximo miércoles 9 de septiembre, la investigación jurisdiccional continúa abierta. De esta manera, se mantendrán las actuaciones para determinar si se avanza con el pedido formal de desafuero del legislador en la Cámara de Diputados.