En una resolución de más 600 páginas, el juez Daniel Rafecas responsabilizó a exfuncionarios iraníes y a un integrante de Hezbolá por su participación en el ataque que dejó 85 muertos.

El juez federal Daniel Rafecas procesó a ocho exfuncionarios y agentes iraníes y libaneses por su presunta responsabilidad en el atentado contra la AMIA, ocurrido el 18 de julio de 1994, y les impuso embargos individuales de hasta 500 millones de dólares. En su resolución, de más de 600 páginas, reconstruye la planificación y ejecución del ataque y sostiene que la decisión de llevarlo adelante fue adoptada por las máximas autoridades del régimen iraní y encomendada a Hezbolá.
El avance judicial se produce bajo la figura del juicio en ausencia aplicable, en determinados supuestos, a acusados que permanecen prófugos y no se presentan ante la Justicia. El mecanismo permite que el proceso avance con un defensor oficial y con las restantes garantías del debido proceso, aun cuando los imputados no estén presentes.
De acuerdo con la reconstrucción incorporada al fallo, los responsables adquirieron una camioneta Renault Trafic el 10 de julio de 1994, la acondicionaron con unos 300 kilos de amonal y TNT y la dejaron preparada el viernes 15 de julio en un estacionamiento situado a cuatro cuadras de la sede de la mutual israelita. Según la resolución, esperaron hasta la mañana del lunes 18, cuando había mayor movimiento en el edificio, para concretar la explosión. El ataque provocó 85 muertes, 151 heridos y cuantiosos daños materiales.
Los altos mandos imputados, la intervención de Hezbolá y la calificación legal del ataque
Rafecas dio por probado que la decisión de cometer el atentado había sido tomada en agosto de 1993 por las máximas instancias del gobierno iraní y que Hezbolá quedó a cargo de su ejecución. Para el magistrado, la organización desplegó una estructura de apoyo regional y local con base en la Triple Frontera, integrada por Ciudad del Este, Foz de Iguazú y Puerto Iguazú
Entre los procesados como autores mediatos figuran Alí Fallahijan, entonces ministro de Inteligencia de Irán; Alí Velayati, quien ocupaba la Cancillería iraní; Mohsen Rezai, comandante de la Guardia Revolucionaria, y Ahmad Vahidi, responsable de la fuerza Al Quds. Según el fallo, desde las posiciones que ocupaban dentro del aparato estatal iraní, los cuatro intervinieron en la decisión y organización del atentado.
También fueron procesados como cómplices necesarios Hadi Soleimanpour, entonces embajador iraní en Argentina; Mohsen Rabbani, referente religioso que se desempeñaba como consejero cultural de la Embajada de Irán, y Ahmad Asghari, señalado como agente de inteligencia de la Guardia Revolucionaria. La resolución les atribuye una participación considerada esencial para la preparación del ataque desde la estructura diplomática y la red iraní instalada en el país.
El octavo procesado es Salman Raouf Salman, también conocido como Samuel El Reda, un integrante libanés de Hezbollah al que el juez atribuyó la coordinación de la etapa final del atentado.
Conexiones internacionales, la falta de mérito y los vínculos con otros atentados
En cambio, Rafecas dictó la falta de mérito respecto de Abdallah Salman y Hussein Mouzannar. Además, no analizó la situación procesal del entonces líder supremo iraní Alí Khamenei ni la de Imad Mughniyeh, dirigente de Hezbolá, debido a que ambos fallecieron, en 2026 y 2008, respectivamente, ni la de Alí Hussein Abdallah, quien murió en 2020.
La resolución encuadra los hechos como homicidios y lesiones reiteradas agravados por odio racial o religioso y por el empleo de un medio capaz de provocar un peligro común. También considera que existió daño agravado por motivos discriminatorios. En su fundamentación, Rafecas calificó al atentado como un crimen de lesa humanidad y sostuvo además su encuadre dentro de la figura de genocidio conforme al derecho internacional.
La investigación también incorpora una hipótesis de coordinación entre el ataque contra la AMIA y otro atentado dirigido contra la comunidad judía ocurrido al día siguiente en Panamá. Según el fallo, un pasajero suicida hizo explotar un avión de línea, provocó la muerte de 20 personas y, entre ellas, 12 integrantes de la colectividad judía panameña. La causa continúa abierta en ese país y existe intercambio de información con la investigación argentina.
El expediente AMIA mantiene además una conexión judicial con la investigación por el atentado contra la embajada de Israel ocurrido en Buenos Aires en 1992. A partir de un planteo de la UFI AMIA, a cargo del fiscal Sebastián Basso, Rafecas dispuso dar intervención a la Corte Suprema ante la posibilidad de que ambos ataques hayan sido ejecutados por Hezbolá.
En septiembre, Rafecas también había incorporado a Alí Asghar Hejazi, exfuncionario iraní señalado como estrecho colaborador de Khamenei, al grupo de acusados que pueden ser sometidos a ese mecanismo. En ese caso, el magistrado consideró que existían elementos para avanzar pese a la falta de comparecencia del imputado y a la ausencia de cooperación iraní frente a los pedidos de detención.
