El tribunal dio 60 días a la Provincia para contestar la demanda de CAMMESA. La empresa cuestiona el esquema tarifario y denunció una deuda de $8.183 millones al iniciar el caso.

La política eléctrica del gobernador Ricardo Quintela quedó sometida a un juicio ordinario ante la Corte Suprema, que el jueves 29 ordenó tramitar la demanda de CAMMESA contra La Rioja. El planteo cuestiona las normas con las que la Provincia frenó el traslado de los precios nacionales a las facturas de EDELAR.
El tribunal declaró su competencia originaria en el expediente CSJ 1847/2024 y dispuso correr traslado por 60 días, con comunicación al gobernador y al fiscal de Estado. También citó al Estado nacional, a través del Ministerio de Economía, para intervenir como tercero.
La demanda apunta al Decreto provincial 370/2024 y a la Resolución 133/2024 del Ministerio de Agua y Energía. Según el planteo recogido en el fallo, el esquema impidió aplicar el precio estacional fijado por la Secretaría de Energía y autorizó a descontar de las compras mayoristas los créditos reconocidos a usuarios.
CAMMESA denunció que esa decisión alteró la cadena de pagos del mercado eléctrico. La deuda que informó al promover la acción ascendía a $8.183.406.774,76: es el importe reclamado al inicio del expediente, no un saldo actualizado a octubre de 2026 ni una condena de pago dictada ahora.
La regulación provincial contempló que el gobierno riojano asumiera transitoriamente el costo mediante un fondo de compensación. La mayorista sostuvo, en su demanda, que la Provincia no realizó pagos cancelatorios de esas compras. Esa acusación forma parte del litigio y debe distinguirse de una conclusión definitiva de los jueces.
El beneficio para los usuarios también quedó ligado, según la resolución provincial reseñada por la Corte, a la presentación de acciones judiciales contra el cuadro tarifario nacional. El conflicto comprende así tanto la política de precios local como el financiamiento de la energía que compra la distribuidora.
La resolución lleva las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. Los magistrados no declararon inconstitucionales las normas cuestionadas ni concedieron la medida cautelar solicitada por CAMMESA: reservaron su tratamiento para después de las contestaciones o del vencimiento del plazo correspondiente.
La decisión del 29 convirtió el planteo en un proceso ordinario ante el máximo tribunal y ordenó a la Provincia responder la demanda contra el régimen eléctrico de Quintela.
