Denuncia penal por falsificación de instrumento público en la Ley Ómnibus
Es por supuestas irregularidades del proyecto de ley que obtuvo dictamen y se debatirá en el Congreso.
La justicia recibió una denuncia penal para que investigue a los autores de una supuesta falsificación de instrumento público y falsedad ideológica tras la difusión de una supuesta acción irregular del oficialismo y los cambios en el texto del dictamen que se debatirá en el Congreso.
La denuncia fue realizada por la abogada Valeria Carreras tras el escándalo del “dictamen blue”, ante las sospechas de que el dictamen que se publicó no sería el mismo que los diputados firmaron.
La abogada advirtió que “estamos frente a dos dictámenes”. En referencia al que los 55 diputados creen haber firmado en la madrugada del 24-1-2024 y el “dictamen blue” que fue el que, luego de una supuesta reunión en un departamento de Recoleta, se publicó ese mismo día a las 15 hs.
“Semejante irregularidad por decirlo de alguna manera, debe ser investigada, como así también a los posibles responsables”, exigió la abogada.
“La gravedad solo encuentra parangón en el antecedente de la denominada Ley Banelco, fue en el año 2000 cuando se sobornó a Senadores para que se aprobara la flexibilización laboral, o la del “dipu trucho” en 1992 dando quorum para privatizar Gas del Estado, motivo por el cual no debe dejarse el precedente del denominado DICTAMEN BLUE”, recordó la abogada.
En la denuncia se consigna lo que declararon legisladores
Los dichos de legisladores
Oscar Agost Carreño del BLOQUE COALICION FEDERAL : “el Gobierno Nacional no está abriendo el sano juego político de la Ley Ómnibus” “es tal el desorden al que nos somete este gobierno que todo se vuelve inexplicable” sostuvo. Refirió fue convocado a un departamento frente al Café La Biela en Recoleta donde había personas que no eran miembros de la cámara de Diputados, de la cual él se retiró.
Se refirió al ex Presidente del BCRA Federico Sturzenegger. “Todo esto habría ocurrido el día 24-01-2024 mientras NO SE SUBIA EL DICTAMEN a la página del Congreso de la Nación”, siempre según la denuncia.
“No puede admitirse que se traten temas legislativos fuera del recinto, pero mucho menos con personas ajenas al Cuerpo, es decir con personas ajenas a uno de los tres Poderes del sistema republicano de Gobierno. En ese departamento habría estado presente al menos, un representante del Poder Ejecutivo propiciando “Cambios”, señala la letrada.
Consignó además que “en apoyo a la oscuridad que tiñe el “Dictamen “y el presunto cambio en el texto que se habría firmado por los 58 diputados, también están los dichos del Diputado Carlos Gutiérrez del espacio de Schiaretti, en orden a las modificaciones que se realizaron al Dictamen”.
Escribió en su Red Social X ex Tw “cuando creíamos que en el capítulo ·biocombustible se habían logrado las condiciones para alcanzar un acuerdo que contenga a todos los sectores, nos encontramos con que se realizaron modificaciones”
“En suma, el Poder Ejecutivo envía al Poder Legislativo un Proyecto de Ley denominado Ley Ómnibus que contiene más de 330 modificaciones de ley, las que a su vez abarcan todo tipo de cuestiones y temáticas, pero en la que el punto absolutamente cuestionable desde lo Constitucional es la pretensión de arrogarse la suma del poder público (por encima del poder legislativo), lo cual es un escándalo en sí mismo”, cuestionó la abogada en la denuncia.
Para la abogada se impone investigar quienes resultan ser los responsables de la supuesta falsificación del instrumento público, “DICTAMEN BLUE” y quienes han sido los responsables de la falsedad ideológica del dictamen publicado en la página del Congreso.
Marco legal aplicable
Código Penal Nacional Artículo 292. “El que hiciere en todo o en parte un documento falso o adultere uno verdadero, de modo que pueda resultar perjuicio, será reprimido con reclusión o prisión de uno a seis años, si se tratare de un instrumento público y con prisión de seis meses a dos años, si se tratare de un instrumento privado.”
Código Penal Nacional Artículo 293. Será reprimido con reclusión o prisión de uno a seis años, el que insertare o hiciere insertar en un instrumento público declaraciones falsas, concernientes a un hecho que el documento deba probar, de modo que pueda resultar perjuicio”