Es que, tras la renuncia del intendente Rodolfo Santillán, se generó un vacío de poder en el Ejecutivo municipal. El concejal Luis Brizuela, presentó un pedido judicial para que se determine si corresponde que el Concejo designe un reemplazo o si deben convocarse elecciones anticipadas. –eldiariodecatamarca.com

La situación institucional del departamento Ancasti quedó bajo análisis judicial luego de que el concejal Luis Darío Brizuela presentara un pedido de declaración de certeza ante el Juzgado Electoral Provincial, con el objetivo de que se defina quién debe asumir legalmente la conducción del Ejecutivo municipal tras la renuncia del intendente Rodolfo Santillán.
El conflicto se originó el 9 de diciembre pasado, cuando Santillán dejó la intendencia para asumir su banca como senador provincial, generando según la oposición un impedimento definitivo en el cargo que debe resolverse conforme a lo establecido por la Ley Provincial N° 4640 (Ley Orgánica Municipal).
El pedido judicial se basa en el artículo 40 de la norma, que regula los casos de impedimento definitivo del intendente. La ley establece que el Concejo Deliberante solo puede designar a un reemplazante para completar el mandato cuando ya hayan transcurrido al menos dos años del período de gobierno. Si resta más de ese plazo, el Concejo está obligado a convocar a elecciones en un plazo de 30 días.
ADVERTENCIA INSTITUCIONAL
Brizuela calificó la situación como de gravedad institucional y advirtió que no convocar a elecciones podría derivar en eventuales responsabilidades penales por usurpación de cargo, en caso de que alguien ejerza la intendencia sin la legitimidad del voto popular.
QUÉ DICE LA LEY
El Capítulo III de la Ley Orgánica Municipal establece que el intendente es elegido por voto directo y dura cuatro años en su mandato (artículo 36). Ante un impedimento temporario, puede ser reemplazado provisoriamente por el presidente del Concejo Deliberante (artículo 39).
Sin embargo, ante un impedimento definitivo, el artículo 40 dispone que, si faltan más de dos años para completar el período, se deben convocar elecciones anticipadas.
Ahora será la Justicia Electoral la que deberá expedirse y definir si la actual conducción del Ejecutivo municipal se ajusta a derecho o si corresponde avanzar con un llamado a elecciones en Ancasti.
