El máximo tribunal falló sobre quién debería pagar los sueldos de los parlamentarios que habían amparado para que el Gobierno sea quien pague.

En una serie de fallos recientes, la Corte Suprema de Justicia resolvió los reclamos de los legisladores de los parlamentarios del Mercosur. Los parlamentarios del Mercosur habían presentado amparos buscando que el Estado Nacional argentino asuma la responsabilidad de financiar sus dietas y otros gastos asociados con su labor en el Parlamento del Mercosur. Este miércoles, la Corte Suprema resolvió los mismos.

Claudia Fernanda Gil Lozano había amparado "contra el Estado Nacional a fin de que sea condenado al pago de su remuneración derivada del ejercicio del cargo de legisladora del Parlamento del Mercosur". El máximo tribunal resolvió "declarar admisible la queja y el recurso extraordinario y confirmar la sentencia apelada, con el alcance indicado".

Además, resolvió: "Exhortar al Estado Nacional a fin de que dé cumplimiento a su obligación de afrontar los gastos que demande el pago por parte del Parlasur de las remuneraciones de los parlamentarios por la República Argentina".

En su voto, Horacio Rosatti señaló que es el Mercosur, como persona jurídica diferente, y más precisamente el Parlasur, a través de su Mesa Directiva y Presidencia –y no el Estado Argentino– el obligado a resolver y pagar las remuneraciones de los parlamentarios. Y precisó que los fondos para esas erogaciones provienen de su presupuesto, financiado con los aportes de los Estados.

Por otro lado, Alejandro Hernán Karlen había planteado algo similar. La Cámara Nacional Electoral había instado inicialmente al Estado Nacional a incluir en el presupuesto de 2017 los fondos necesarios para cubrir las dietas de los parlamentarios del Mercosur.

Sin embargo, la Corte Suprema anuló la sentencia, afirmando que el Mercosur debe hacerse cargo de estos costos conforme a los acuerdos internacionales suscritos.

Por parte de Cecilia Britto y Alberto Assef, ambos también recurrieron a la Justicia en busca de reconocimiento y el pago de sus salarios como parlamentarios del Mercosur. Sin embargo, los amparos fueron rechazados por los tribunales de primera instancia en ambos casos y la Corte Suprema declaró inadmisibles las demandas. El argumento reiteró el hecho de que el Estado Nacional no está autorizado a realizar dichos pagos.