El juzgado contencioso administrativo federal de primera instancia rechazó la medida cautelar solicitada por la Universidad Nacional de Madres de Plaza de Mayo (UNMA) contra Capital Humano.

El juzgado contencioso administrativo federal de primera instancia rechazó la medida cautelar solicitada por la Universidad Nacional de Madres de Plaza de Mayo (UNMA) contra el Ministerio de Capital Humano.

La universidad había pedido el cese de la retención de fondos y la transferencia de más de quinientos cincuenta y seis millones de pesos.

El juez desestimó la solicitud de la UNMA, indicando que no se apreciaron circunstancias excepcionales que justificaran el reclamo. También afirmó que las afirmaciones de la universidad no resultaron suficientes y que no se verificó la verosimilitud del derecho invocado ni la supuesta arbitrariedad por parte de la Administración Pública. Además, señaló que el reclamo patrimonial debe tramitarse por otra vía, al no existir un perjuicio irreparable.

El Estado Nacional cuestionó la legitimación de la rectora, Cristina Caamaño Iglesias Paiz, cuya designación por resolución Nº 2534/23 del ex Ministerio de Educación fue anulada por resolución Nº 45/24 del Ministerio de Capital Humano.

Asimismo, denunció que el acta de fecha 05/03/24, que constata los comicios de asamblea para su designación, carece de validez al no cumplir con los requisitos del art. 49 de la Ley de Educación Superior y el art. 23 del Decreto Nº 176/96. Esto implica que la Universidad de Madres de Plaza de Mayo no tiene autorizada su puesta en marcha.