Los recientes fallos judiciales a favor de los afiliados a prepagas y obras sociales, sientan precedente para futuras presentaciones judiciales por parte de los damnificados.
Una cautelar de la Justicia Federal a favor de un afiliado sienta precedente en las causas contra las empresas de medicina prepaga y obras sociales. Por primera vez a nivel nacional, un juez mendocino dio lugar a una presentación judicial contra Sancor Salud obligando a la empresa a "reafiliar", retrotraer y congelar el aumento de cuotas del asociado que se había dado de baja debido a la imposibilidad de afrontar los aumentos dispuestos desde la liberación de las cuotas.
El Juzgado Federal Nº2 emitió una cautelar a favor de un afiliado a la empresa de medicina prepaga Sancor Salud que, tras los aumentos aplicados tras la liberación de las cuotas, se vio obligado a renunciar a la cobertura que tenía desde hacía más de 10 años. El hombre se jubiló a fines de diciembre y cobró su primer haber jubilatorio en enero de 2024 por lo que en su nueva condición de jubilado se vio en la difícil situación de abonar un monto exorbitante al que se había elevado la cuota de su prepaga.
Según expresa la cautelar emitida por la justicia: "El afiliado nunca se hubiera dado de baja si las cuotas no se elevaban descomunalmente como sucedió, Se presentó en las oficinas de Sancor Salud en busca de una solución, intentando algún descuento para poder continuar pagando la cuota y seguir siendo afiliado pero tuvo que tomar la drástica decisión de solicitar la baja de la prepaga porque no podía abonar la cuota exigida a pesar de tener una cardiopatía y necesitar de la cobertura privada de la que gozaba hace más de 10 años; siendo una persona que no está acostumbrada a deberle dinero a nadie y menos aún a dejar de pagar la cuota de la prestadora de Salud".
La decisión de la Justicia Federal viene a dar solución a un problema que deriva de la desregulación de los aumentos por parte de la Superintendencia de Servicios de Salud. "Se comprometieron a afiliar a las personas que por falta de pago se vieron desafiliadas (tres meses seguidos dejaron de pagar) y eso le pasó al 1% de la población porque en su mayoría, las bajas que se registraron fueron porque se borraron voluntariamente", destacó el especialista en derecho a la salud, Marcos González Landa y agregó: "La cautelar sienta precedente ya que obliga a la prepaga a reafiliar bajo las mismas condiciones y planes que tenía el asociado sin que se le aplique preexistencias ni valores diferenciales dando continuidad a su afiliación en el mismo plan que poseía".
La medida judicial solicita la suspensión de cualquier aumento de las cuotas mensuales hasta tanto se recalculen las mismas de conformidad con los aumentos que eventualmente autorice la autoridad de aplicación en los términos del art 17 (no sustituido) de la ley 26.682 hasta tanto se dicte sentencia definitiva y todo como consecuencia de la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del artículo 265, 267 y 269 del Decreto de Necesidad y Urgencia n°70/2023 que modifica entre otras cosas el art. 17 de la Ley 26.682.
Al ser consultado sobre los amparos presentados a nivel nacional, el abogado expresó que "la litigiosidad es baja, en algunos casos llega al 1%. En Mendoza son aproximadamente 600 amparos presentados siendo un número extremadamente bajo teniendo en cuenta la cantidad de damnificados".